PLANTEAMIENTO DE REGISTRACIÓN CONTABLE PARA LOS TOKENS DE UTILIDAD Y SEGURIDAD
Resumo
La disrupción tecnológica abre paso para nuevos tipos de activos, así como nuevas formas de representar a los ya existentes, desde el surgimiento del primer Tokens (Bitcoin) el número de compañías que se están involucrando va en aumento exponencial, y finalidad que persiguen los operadores esta diversificada. El presente trabajo tuvo como objetivo analizar las implicancias en la registración contable de los tokens de utilidad y seguridad y los desafíos que supone a los registradores ante la ausencia de una norma específica. Para alcanzar el objetivo propuesto se ha realizado un estudio descriptivo con enfoque cualitativo a partir de las fuentes bibliográficas consultadas, de las cuales se infiere que el tratamiento contable debe considerar la naturaleza de los bienes o servicios que estos representan y los derechos que confieren a sus tenedores. Se concluye la registración contable de los tokens de utilidad podría ampararse bajo el manto de la NIIF15, sin embargo, esta presenta orientaciones solo desde la perspectiva del emisor y la NIIF PYMES sección 11, contempla las dos partes invervinientes, pues orienta el tratamiento tanto de la perspectiva del emisor del tokens como la del comprador. En consecuencia, los tokens de seguridad confieren derechos de participación y la registración contable puede anclarse de las orientaciones vertidas en la NIC 32.
Referências
Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad[IASB]. (2008). Norma Internacional De Contabilidad 32 Instrumentos Financieros. IASCF.
Delgado, M. D. (2021). Criptoactivos: Tratamiento Legal, Impositivo, Contable y de Auditoria en Argentina [Universidad Nacional de Córdoba]. In Universidad Nacional de Córdoba. https://www.unc.edu.ar/ .
Europea, C. (2020). Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a los mercados de criptoactivos y por el que se modifica la Directiva (UE) 2019/1937. EUR-Lex. https://eur-lex.europa.eu/resource.html?uri=cellar:f69f89bb-fe54-11ea-b44f-01aa75ed71a1.0003.02/DOC_1&format=PDF
Fuenmayor, C. De. (2022). Criptoactivos: un nuevo activo de inversión. Instituto de Estudios Financieros, 55, 1–17.
Fundación IASC. (2009). Módulo 11: Instrumentos financieros básicos. 109.
Guayta Pujol, A. (2021). Contabilidad de las criptomonedas y tokens. DiG Abogados, 1–6. https://www.dig.es/contabilidad-de-las-criptomonedas-y-tokens/ .
Gurrea Martínez, A. y N. R. L. (2019). EL DERECHO Y LAS FINANZAS DE LAS ICO. [A] CODE ABOGADOS. https://www.acodeabogados.com/2019/05/17/el-derecho-y-las-finanzas-de-las-ico-a-proposito-del-paper-de-a-gurrea-y-n-remolina/.
IFRS Foundation. (2018). NIIF 15: Ingresos de Actividades Ordinarias Procedentes de Contratos con Clientes. (IASB), International Accounting Standards Board, 1–37.
Lozano Giral, A. (2022). Criptomonedas y NFT’ s: Sus aspectos legales. Telokwento. https://www.telokwento.com/criptomonedas/criptomonedas-y-nfts-sus-aspectos-legales-n17129%0Alas .
Mota Sánchez, E. V. F. y D. B. (2020). Blockchain, Criptoactivos e Inteligencia Artificial (BCIA): desafíos para la Contabilidad y la Auditoria 4.0. In A. Universidad Nacional de la Plata (Ed.), 26o Encuentro Nacional de Investigadores Universitarios del Área Contable (Vol. 2507, Issue diciembre, pp. 1–9).
http://sedici.unlp.edu.ar/handle/10915/111565 .
Parrondo, L. (2018). Blockchain- based tokens towards accounting regulation. Academia. https://www.academia.edu/37339334/Blockchain_based_tokens_towards_accounting_regulation.
Pérez Carasa, Í. E. (2020). Tratamiento contable de las criptodivisas y su impacto en el impuesto sobre sociedades. Cuaderno de Derecho y Comercio, 74, 89–158.
Venezuela, F. de C. de C. P. de la R. B. de. (2020). Ba Ven-Nif N ° 12 Versión N ° 0 “Tenencia De Criptoactivos Propios.” 0–15. https://www.ccpdistritocapital.org.ve/uploads/boletines/a4b2646c95e76c7dcc9580b8b510f0d4c50859a2.pdf .
Downloads
Publicado
Edição
Seção
Licença
Os textos publicados na revista são de inteira responsabilidade de seus autores. Permite-se a reprodução desde que citada a fonte e o autor.